Reestructuración de la CSDD en la UE y las dudas de 14 países

No hace ni dos semanas que París y Berlín se aliaron para frenar el acuerdo político alcanzado en diciembre bajo la presidencia española del Consejo de la UE, que buscaba regular a las plataformas digitales y a sus trabajadores. Este miércoles ambas capitales han vuelto a encabezar una nueva coalición que bloqueó la aprobación de una norma acordada a finales del año pasado: la directiva de diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad, conocida como CSDD. Esta norma pretende exigir responsabilidad a las multinacionales que dañen los derechos humanos o el medio ambiente en sus cadenas de suministro.

“A pesar de los esfuerzos de la presidencia, no se logró la mayoría cualificada necesaria. Ahora corresponde evaluar el estado de la cuestión y ver si es posible atender las preocupaciones planteadas por los Estados miembros, en consulta con el Parlamento Europeo”, comunicó la presidencia belga de la UE a través de la red social X. Es un momento complicado: la legislatura está en periodo de receso y el margen para aprobar la directiva antes del receso parlamentario europeo es muy reducido. [Cita: fuente institucional europeas]

“Despreciamos la decisión de los Estados miembros de no cumplir con sus compromisos iniciales, alcanzados en diciembre. Con esa decisión, se protege a las empresas que prefieren no escrutar lo que sucede en sus cadenas de suministro globales y hacen de condiciones de trabajo dignas un coste más que una obligación moral”, afirmó Lara Wolters, eurodiputada socialista y ponente de la Eurocámara. Considera que el veto oculta una motivación ideológica y la decisión de jugar con la política antes de las elecciones europeas. Por su parte, Manon Aubry, eurodiputada de Francia Insumisa, acusó al presidente francés Emmanuel Macron de proteger a las multinacionales y de posponer indefinidamente la vigilancia del deber. [Cita: informe parlamentario]

Catorce Estados miembros expresan dudas

En total fueron 14 los países de la UE que no apoyaron el texto durante la reunión de los embajadores permanentes, según fuentes diplomáticas. Suecia fue el único voto en contra, mientras que otros como Francia, Alemania e Italia se abstuvieron, bloqueando la formación de la mayoría cualificada necesaria. Las objeciones se movieron entre riesgos de inseguridad jurídica, costos administrativos asociados a la directiva y el temor a un posible desventaje para las multinacionales europeas en un mercado global cada vez más competitivo. [Cita: análisis diplomático]

La presidencia española del Consejo y los negociadores del Parlamento Europeo habían cerrado un acuerdo provisional el 14 de diciembre sobre la normativa. El pacto obliga a que las grandes empresas asuman responsabilidad por el impacto real o potencial de sus operaciones sobre el medio ambiente y los derechos humanos, incluyendo a socios comerciales situados en sus cadenas de suministro, con sanciones en caso de incumplimiento. [Cita: resumen del acuerdo]

Quiénes quedan cubiertos

Las reglas, según el pacto cerrado entonces, se aplicarán a las grandes empresas, es decir, aquellas con más de 500 empleados y una facturación neta mundial superior a 150 millones de euros. También quedan cubiertas ciertas empresas de menor tamaño si superan un umbral de 250 empleados y una cifra de negocio mayor a 40 millones de euros, siempre que al menos 20 millones correspondan a sectores de alto riesgo: fabricación y comercio mayorista de textiles y calzado, agricultura, silvicultura y pesca, fabricación y comercio de alimentos, así como la extracción y venta de recursos minerales o productos relacionados con la construcción. [Cita: texto del pacto]

Para empresas extracomunitarias se establecen reglas si su volumen de negocios neto en la UE supera 150 millones de euros, tres años después de la entrada en vigor de la norma. El acuerdo excluye temporalmente al sector de servicios financieros, aunque prevé una revisión para considerar su inclusión futura, basada en una evaluación de impacto suficiente. [Cita: disposición nueva]

En cuanto a la compatibilidad con el Acuerdo de París, las empresas deberán presentar un plan que demuestre que su modelo de negocio y su estrategia están alineados con ese compromiso climático. Además, se fortalece el acceso a la justicia para las personas afectadas y se establece un periodo de cinco años para que las reclamaciones puedan presentarse, especialmente por parte de sindicatos y organizaciones de la sociedad civil. [Cita: cláusulas de implementación]

Como último recurso, las empresas que identifiquen efectos adversos provocados por alguno de sus socios comerciales deberán poner fin a esas relaciones cuando no sea posible evitarlo. En caso de incumplimiento, la directiva prevé multas de al menos el 5% del volumen de negocios neto de la empresa. [Cita: sanciones]

Previous Article

{}

Next Article

Polish Government Sets Agricultural Summit and Six-Billion-Euro Support Plan

Write a Comment

Leave a Comment