La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, ha condenado a cinco años de prisión a un conductor ebrio que provocó un accidente de tráfico en 2020 en Cox en el que murieron dos personas y otras cuatro resultaron heridas, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana.
La sentencia ha sido dictada después de que las partes alcanzaran un acuerdo de conformidad en el juicio celebrado el pasado marzo en Elche. El fallo condena al acusado, de 49 años, como autor de dos de delitos de homicidio imprudente y tres delitos de lesiones imprudentes en concurso con un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
El fallo establece también para el penado la prohibición de conducir vehículos a motor durante siete años y medio, pero no contempla indemnizaciones para los perjudicados debido a que ninguno de ellos reclamó tras haber llegado a un acuerdo extraprocesal con la aseguradora del coche del acusado.
El conductor circulaba con una tasa de 2,08 gramos por litro de alcohol etílico en sangre cuando provocó el accidente. Los hechos sucedieron sobre las 20.30 del 24 de octubre de 2020. El ahora condenado circulaba con un turismo Renault Megane Scenic por la carretera Nacional 340 a su paso por Cox e invadió el carril contrario a causa de la ingestión de alcohol.
Al invadir el carril contrario, el coche del procesado colisionó frontalmente con un cuadriciclo en el que viajaban las dos víctimas mortales. Este impacto frontal sacó de la vía al cuadriciclo que, a su vez, impactó frontolateralmente con otro coche, en el que viajaba un matrimonio y sus dos hijas menores.
El conductor y el copiloto del cuadriciclo fallecieron en el lugar del siniestro a consecuencia de los politraumatismos que sufrieron. Por su parte, los ocupantes del otro turismo, un hombre y una mujer, junto a sus dos hijas menores de edad, resultaron heridos de diversa consideración con contusiones torácicas o craneales y latigazos cervicales.
El fallo señala que el acusado, a causa de la ingesta de alcohol, tenía mermadas sus facultades psicofísicas con la consiguiente “lentitud de reflejos, falta de atención, reducción del campo visual y alteraciones de la percepción, efectos que limitaban gravemente en el acusado su aptitud para el manejo del referido vehículo, aumentando además el tiempo de reacción ante cualquier imprevisto”.
La sentencia, que se dictó y se notificó a las partes el pasado 13 de marzo durante el acto del juicio, es firme y no se puede recurrir.
Source: Informacion

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