Con el inicio de la campaña de la declaración de la renta, el pasado 2 de abril, los contribuyentes españoles tienen una nueva cita con la Administración pública para rendir cuentas sobre sus ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de 2024.
Además, los tributarios están atentos a todas las deducciones posibles para que les salga a devolver y no a pagar, sobre todo aquellos que están pagando una hipoteca y aún lo tienen que seguir haciendo algunos años.
Logro financiero
Para muchas personas en España, comprar una vivienda representa uno de los mayores logros financieros. Actualmente, el precio de la vivienda en Barcelona se sitúa en los 4.804 €/m2, una media que ha aumentado en un 1,1% respecto a febrero.
En este contexto, las hipotecas juegan un papel crucial para no tener que abonar todo el precio de golpe. Hasta hace unos años, adquirir una vivienda a través de un préstamo hipotecario conllevaba ventajas fiscales; sin embargo, ya no están disponibles para todos.
1 de enero de 2013
El experto hipotecario de la plataforma Wypo Joaquín García explica cuáles son las deducciones disponibles relacionadas con el domicilio.
“Si compraste tu vivienda antes del 1 de enero de 2013 y ya aplicaste la deducción en años anteriores, puedes seguir beneficiándote de una reducción del 15% sobre un máximo de 9.040 euros en pagos de hipoteca”, explica.
Por lo tanto, se trata de un ahorro máximo de 1.356 euros al año pero, según la Agencia Tributaria, esta deducción no se aplica a las viviendas compradas después del 1 de enero de 2013 y, en todo caso, solo aplica a la vivienda habitual, no a segundas residencias.
Se mantienen las condiciones
Es más, en la deducción se pueden incluir los intereses hipotecarios, la amortización del capital y los seguros obligatorios vinculados a la hipoteca (hogar y/o vida, si el banco lo exige).
“Es importante resaltar que, si realizas una mejora de hipoteca, cambiándola de banco, a efectos fiscales se mantienen estas condiciones”, matiza Joaquín García.
Beneficios del alquiler
Los arrendatarios también podrán beneficiarse de las deducciones fiscales: en el caso de poseer una vivienda hipotecada y que esté puesta en alquiler, se pueden desgravar los intereses del préstamo hipotecario, los gastos de formalización de la hipoteca y los gastos de mantenimiento, comunidad e impuestos como el IBI.
Es importante recordar que hay deducciones, además de las estatales, que se aplican en algunas comunidades autónomas para incentivar la compra de inmuebles.
“También hay deducciones autonómicas muy interesantes relacionadas con la vivienda habitual que aplican sobre los intereses de los gastos hipotecarios”, concreta García, por lo que debemos estar atentos a las normativas de la comunidad autónoma donde vivimos.
Source: Informacion

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