El servicio militar obligatorio, conocido como la mili en España, fue un mandato que requería a los jóvenes cumplir con un periodo de entrenamiento y servicio en las Fuerzas Armadas. Consistía en un tiempo de instrucción militar, seguido de tareas dentro de las distintas ramas del ejército.
Este servicio estuvo vigente en España durante décadas, hasta su suspensión en 2001. La duración del servicio tuvo varias duraciones a lo largo de los años: dos años hasta 1968, 18 meses hasta 1984, un año hasta 1991 y, finalmente, nueve meses hasta su abolición. A lo largo de los años, las condiciones del servicio militar fueron evolucionando, pasando de ser extremadamente rígido a permitir algunas excepciones y formas de evitarlo, como la objeción de conciencia y el servicio social sustitutorio.
Con la modernización de las Fuerzas Armadas y la reducción de las necesidades de personal, el servicio militar obligatorio fue oficialmente suspendido por el gobierno español, optando por un ejército completamente profesional a partir del 1 de enero de 2002.
Durante este periodo de tiempo en el que se estaba en la mili, las personas ni trabajaban ni cotizaban a la Seguridad Social, por ello, en muchas ocasiones una de las preguntas más formuladas es si este tiempo sirve de cara a la jubilación.
¿Sirve la mili para la jubilación?
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Para responder a esta pregunta hemos visitado el canal de Youtube Laboroteca, del abogado Ignacio Solsona, donde nos ha explicado que “los tiempos de servicios prestados sirven de bien poco para la pensión de jubilación”.
En este sentido explica que la mili no sirve para alcanzar el mínimo de 15 años cotizados que necesitas para alcanzar una pensión contributiva; no sirven para mejorar el porcentaje según años cotizados (cuanto más tiempo se ha cotizado mejor porcentaje y mejor pensión se te queda); y tampoco sirve para rebajar la penalización por jubilación anticipada ni tampoco va a mejorar económicamente la base reguladora.
Así pues, el letrado especifica que “la mili solo sirve para aquellos que quieran solicitar una jubilación anticipada o una jubilación parcial”. “Se exige que quienes soliciten una jubilación anticipada tengan como mínimo 35 ó 33 años cotizados si se trata de una jubilación anticipada involuntaria y quienes solicitan una jubilación parcial tenga 33 años o 25 años si tienen una discapacidad igual o superior al 33%. Para alcanzar estos mínimos cotizados sí que sirve la mili, tanto para hombres como para mujeres pero con límite de un año”. Es decir, si alguien estuvo 14 meses haciendo la mili únicamente podrá sumar 12 meses para alcanzar esos 35 o 33 años de cotización que se le exigen para acceder a una jubilación anticipada o parcial.
En la página web de la Seguridad Social se especifica lo siguiente: “Los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria solo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año”.
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Cómo acreditar la mili para la jubilación
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La mili no aparece en la vida laboral, puesto que si tienes que acreditar que estos meses te computen de cara a la jubilación anticipada o parcial, Solsona explica que hay que pedir un certificado en el Ministerio de Defensa. Tendrás que rellenar un formulario y enviarlo para que te envíen el certificado. Este documento es gratuito y debes aportarlo en tu solicitud de jubilación.
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Source: Informacion
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