Good news for working mothers: Treasury will refund nursery money

Como seguro sabes si tienes hijos, desde 2018 hay una medida fiscal que permite aumentar la deducción por maternidad de 1.200 euros hasta 1.000 euros adicionales. Esto se aplica a los gastos de cuidado de hijos menores de tres años que una madre trabajadora invierta en pagar guarderías o centros de educación infantil debidamente autorizados.

Los gastos que te puedes ahorrar incluyen no solo la matrícula y la preinscripción en guarderías para niños menores de 3 años, sino también los gastos asociados con la atención durante horarios regulares y extendidos, así como la alimentación del niño, tal y como hemos podido leer en la web de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

Requisitos para la deducción de 1.000 euros

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Para acceder a esta deducción, es necesario cumplir con ciertos criterios:

  • Los pagos por mensualidades y comedor deben ser efectuados por meses completos.
  • No se pueden utilizar cheques guardería ni tarjetas guardería para pagar estos gastos.
  • Además, anteriormente, Hacienda exigía que las guarderías tuvieran autorización administrativa como centros educativos infantiles, negando así la deducción a las madres que optaban por guarderías que no contaban con esta autorización.

Sin embargo, tal y como hemos leído en la OCU, el Tribunal Supremo ha emitido dos sentencias que contradicen esta exigencia de Hacienda. El tribunal considera que requerir que sean “centros de educación infantil”:

  • Es un requisito que no está estipulado en la ley.
  • Constituye una limitación que restringe las opciones de las madres trabajadoras para beneficiarse de esta deducción.

Por lo tanto, el Tribunal Supremo afirma que, siempre y cuando se cumplan los demás requisitos legales, los gastos de cuidado de niños menores de 3 años “son deducibles, tanto si se pagan a guarderías o a centros de educación infantil”.

Para el Tribunal Supremo, la autorización requerida por la ley para poder deducir es aquella necesaria para la apertura y operación de la actividad de cuidado de niños en guarderías, no la otorgada por la administración educativa correspondiente, que solo es exigible para los centros de educación infantil. A partir de este momento, Hacienda debe admitir la deducción también para guarderías que no cuenten con la autorización de centro educativo infantil.

Cómo pedir la deducción por guardería

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Si eres madre trabajadora y has pagado guardería en el año 2023, deberás esperar hasta presentar tu próxima declaración de la renta para solicitar el aumento de la deducción por guardería. Esto se debe a que no es posible solicitar el pago anticipado, a diferencia del resto de la deducción por maternidad.

Es importante conservar documentos como la matrícula en la guardería. También es recomendable guardar las facturas de los pagos realizados a la guardería, ya que Hacienda podría solicitarlas para verificar que coincidan con los datos proporcionados por la guardería.

La OCU también explica que las madres que aplicaron la deducción por maternidad y que pagaron gastos de guardería sin solicitar el aumento de la deducción pueden reclamarla para los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022 si cumplen con los demás requisitos legales. Para ello, deben solicitar la rectificación de la declaración de cada ejercicio y la devolución de la deducción correspondiente.

La solicitud de rectificación de cada declaración debe realizarse a través de la web de la AEAT, accediendo al apartado de gestiones de IRPF y seleccionando “Modificación de una declaración ya presentada” para el ejercicio 2022, y “Ejercicios anteriores” para los años anteriores. Es importante presentar la documentación que pruebe los pagos realizados a la guardería, como copias de recibos o documentos bancarios, por ejemplo.

Es fundamental presentar la solicitud de rectificación de la declaración de 2019 antes de que finalice el próximo mes de junio, ya que después de esa fecha no será posible recuperar la deducción.

Por último la OCU responde a la pregunta de ¿qué ocurre si se presentó una reclamación antes de la sentencia del Tribunal Supremo? La respuesta es que si ya se ha reclamado y Hacienda ha denegado la deducción sin que se haya continuado recurriendo, la resolución se considera firme y no será posible solicitar nuevamente la deducción.

Si se ha reclamado y Hacienda no ha respondido o aún está pendiente de resolución, deberán conceder la deducción y devolverla, junto con los intereses de demora correspondientes.

Source: Informacion

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