Hacienda hará efectivo el pago a los mutualistas jubilados con derecho a devolución del IRPF de una sola vez y en un solo pago a lo largo de 2025. Una medida que la justicia dictaminó y que beneficia a miles de jubilados que cotizaron a través de antiguas mutualidades antes de 1978 y que sufrieron de doble imposición.
En diciembre, el Gobierno aprobó una modificación en la que los mutualistas jubilados con derecho a devolución del IRPF por aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 1999 debían reclamar la devolución año a año entre 2025 y 2028, dentro de los plazos de la declaración del IRPF. Un criterio que el Ministerio de Hacienda acabó cambiando, con lo que será posible recibir el pago de una sola vez.
Aquellos mutualistas cuyas aportaciones se llevaran a cabo antes del 1 de enero de 1967 pueden reducir la totalidad de las aportaciones hasta esa fecha de la base imponible sobre la que se calcula el IRPF. Los que realizaron sus aportaciones entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978 podrán rebajar solo el 25% de la parte de su pensión que corresponda a esas aportaciones.
También es posible obtener una reducción en la tributación en caso de que las aportaciones se realizasen a mutualidades sustitutorias antes de 1979.
¿Cómo acceder a la solicitud?
Desde este 2 de abril, fecha de arranque de la campaña de la renta, y hasta el 30 de junio, los mutualistas pueden acceder a la solicitud para recibir las devoluciones del IRPF en este enlace de la página web de la Agencia Tributaria.
En la web, la Agencia Tributaria advierte sobre la Ley 7/2024 que dejó sin efecto las solicitudes de devoluciones del IRPF que no se hubieran acordado antes del 22 de diciembre de 2024. Al final de la nota informativa, a modo de aviso importante, se detalla que “está prevista una modificación normativa, de tal manera que el formulario de solicitud que se presente permitirá obtener en 2025 la devolución de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos”.
¿Cómo presentar la solicitud?
Para presentar la solicitud es necesario tener un número de referencia, una Cl@ve móvil o certificado y DNI electrónico. También es posible presentar el formulario en nombre de un tercero, por apoderamiento o colaboración social.
Para recibir la devolución basta con incorporar el número de cuenta bancaria y el número de teléfono. Aquellos que tengan dudas también pueden resolverlas por vía telefónica – 91 889 81 46 -, o presencialmente en oficinas de “Mutualistas: Formulario de solicitud de devolución”, llamando al teléfono 91 290 13 40 o a través de la sede electrónica, en: Asistencia y Cita (agenciatributaria.gob.es).
Source: Informacion

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