Ser autónomo y estar cerca de la jubilación es complicado en España, pues la edad de jubilación ha ido creciendo al largo de los últimos años. Además, la sostenibilidad del actual sistema de pensiones genera preocupación en los que hayan trabajado por su cuenta.
Para combatirlo, el Gobierno ha ido lanzando varias medidas para aumentar la pensión de quienes retrasaran su jubilación. Según la ministra Elma Saiz, las personas que optan por trabajar más allá de la edad legal de jubilación se ha duplicado desde la reforma de pensiones de 2019.
Para seguir incentivando esta posibilidad, el próximo 1 de abril entrará en vigor el Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, que tiene como objetivo reformar la jubilación de los autónomos. Según esta ley, los autónomos que retrasen su jubilación tendrán bonificaciones cada seis meses en lugar de cada año.
Beneficios para los autónomos
Por lo que estas bonificaciones incrementaran la cuantía de su pensión en función del tiempo que decidan prolongar la jubilación:
- 2% más por retrasar 6 meses.
- 4% más por retrasar 1 año.
- 2% extra por cada semestre adicional a partir del segundo año.
De este modo, si un autónomo de 65 años opta por continuar trabajando hasta los 67 años y cinco meses conseguirá todas estas bonificaciones. En total su pensión aumentará un 10%, pues el autónomo recibirá un 4% extra por el primer año adicional (2% por semestre), otro 4% por el segundo año adicional y un 2% extra por los cinco meses adicionales.
Los cambios introducidos en este nuevo Real Decreto también ofrecen a los autónomos la posibilidad de contabilizar su pensión con el trabajo de una forma más flexible. Antes tenían que elegir entre una jubilación demorada, que significaba seguir trabajado para recibir más tarde una mejor pensión, o una jubilación activa, con la que podían seguir trabajando, pero sin recibir los incentivos. Con la reforma, ya no tendrán que renunciar a los beneficios.
¿Qué es la jubilación activa para autónomos?
La jubilación activa permite que los autónomos combinen el cobro de su pensión con la realización de una actividad laboral. Esto significa que un autónomo jubilado puede seguir trabajando, ya sea a tiempo parcial o completo, mientras recibe un porcentaje de su pensión. Por lo general, este porcentaje es del 50% de la pensión reconocida inicialmente, aunque puede alcanzar el 100% si el autónomo tiene contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena.
Source: Informacion

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