En España son miles de personas las que cobran el subsidio por desempleo. El conocido como paro se trata de una ayuda económica cuyo tiempo y cuantía depende de las cotizaciones por desempleo que el trabajador haya realizado en los últimos seis años anteriores.
Para poder acceder al paro es necesario estar dado de alta en la Seguridad Social por desempleo, estar en situación legal de desempleo, estar inscrito como demandante de empleo, suscribir el acuerdo de actividad, no haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse, no cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo y haber trabajado y cotizado al desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores (hay otros subsidios en el caso de que esto no sea así).
Así puedes perder el paro
Uno de estos puntos es quizá uno de los grandes desconocidos pero que pueden llevarte a sanciones o, incluso, a perder el subsidio. Se trata de cumplir con las exigencias del acuerdo de actividad, o también conocido como compromiso de actividad.
Este acuerdo es un documento que se firma cuando pides el paro y que incluye actividades orientadas a la búsqueda activa de empleo, la reinserción laboral y la mejora de la ocupabilidad. “El servicio público de empleo (SEPE) está obligado a proporcionar un plan individualizado adaptado a la profesión, formación y experiencia de cada persona. Este plan incluye el seguimiento de un tutor y la oferta de actividades y servicios que faciliten la vuelta al mercado laboral”, explica Ignacio Solsona en su canal de Youtube ‘Laboroteca’.
Este compromiso también tiene obligaciones para el parado ya que se compromete a participar en actividades formativas y otras propuestas, aceptar ofertas de empleo adecuadas y acreditar el cumplimiento de las acciones acordadas.
Incumplir el acuerdo de actividad puede llevarte a que te suspendan el subsidio o a que lo pierdas durante varios meses, dependiendo de la gravedad y la reincidencia.
Sanciones por incumplir el acuerdo de actividad
Las sanciones se clasifican en leves y graves. En la web del SEPE puedes consultar todas estas infracciones pero entre las calificadas como leves nos encontramos con “no cumplir las exigencias del acuerdo de actividad, salvo causa justificada o de fuerza mayor, siempre que la conductora no esté tipificada como otra infracción leve o grave en este artículo”. Las sanciones serían las siguientes:
- 1ª infracción: Pérdida del subsidio durante un mes.
- 2ª infracción: Pérdida durante tres meses.
- 3ª infracción: Pérdida durante seis meses.
- 4ª infracción: Extinción definitiva del subsidio.
Entre las infracciones graves están recogidas rechazar una oferta de empleo adecuada y negarse a participar en acciones, programas o actividades propuestas por el SEPE para mejorar la empleabilidad y el acceso al mercado de trabajo. Las sanciones son:
- 1ª infracción: Pérdida del subsidio durante tres meses.
- 2ª infracción: Pérdida durante seis meses.
- 3ª infracción: Extinción definitiva del subsidio.
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Si el subsidio se suspende, será necesario reactivar el acuerdo de actividad. En caso de extinción, para volver a acceder al subsidio, es imprescindible trabajar nuevamente y volver a estar en una situación legal de desempleo, explica el letrado.
Source: Informacion
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