La Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado la prisión para los dos detenidos por el cadáver que apareció descuartizado y quemado en las inmediaciones de Fontcalent el pasado mes de junio. La autopsia no ha podido establecer todavía que la víctima falleciera de forma violenta, mientras que los arrestados sostienen que se lo encontraron muerto en la cama por causas naturales y, tras asustarse, se deshicieron del cadáver. Para el tribunal, a falta del informe definitivo de los forenses, de los indicios recogidos hasta ahora todo apunta a que pudo ser una muerte violenta y que existe riesgo de fuga y de destrucción de pruebas por parte de los acusados.
Los hechos ocurrieron a finales del pasado mes de junio tras la aparición de un torso calcinado en la partida de Fontcalent. Días más tarde fueron localizados, más restos humanos, entre ellos las manos y la cabeza del cadáver. Este hallazgo permitieron a la Policía identificar al fallecido, encontrándose con que los ahora arrestados vivían en la casa de éste. La investigación reveló que el cadáver fue descuartizado en el domicilio con una sierra radial comprada pocos días antes de los hechos por ambos. También se determinó por parte de la Policía que ambos efectuaron extracciones de efectivo de las cuentas bancarias del fallecido con posterioridad al momento de la muerte. Por estos hechos fueron arrestados un hombre y una mujer de 30 y 51 años que vivían en la casa de la víctima. Aunque en un primer momento se acogieron a su derecho a no declarar, posteriormente manifestaron en el juzgado que se encontraron a la víctima muerta en la cama y que debió sufrir un golpe de calor. Los dos se asustaron y se deshicieron del cadáver, dijeron.
Los dos detenidos están representados por los abogados Miguel Ángel Cánovas y Miguel Ángel Garijo, quienes recurrieron ante la Audiencia el ingreso en prisión ordenado por el juzgado. Las defensas planteaban que no estaba determinada la causa de la muerte, ni que ésta se produjera de manera violenta, por lo que «no podemos mantener privada de libertad a una persona sobre la base de una tesis que no se sustenta con las pruebas objetivas obrantes en la causa». Según el letrado, los únicos indicios sobre un homicidio se sustenta en exclusiva en la consideración de la Policía de que la arrestada acabó con la vida del fallecido por un móvil económico. A su juicio, los indicios que existen serían sobre los delitos de profanación de cadáver (por el descuartizamiento) y de estafa (por las extracciones bancarias), sancionadas con entre tres y seis meses por el primer delito y entre seis meses y cuatro años por el segundo, «siendo insuficientes para mantener a una persona privada de libertad».
La defensa de la mujer detenida alegaba también que no existía riesgo de fuga, dado que ésta tiene a toda su familia en la ciudad de Alicante y subraya que carece de antecedentes.
Argumentos del tribunal
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Unos argumentos que ha rechazado la Audiencia Provincial, al valorar los indicios recogidos por la Policía de la posible participación de los arrestados en los hechos. Sobre el informe de la autopsia, el tribunal recuerda que la investigación todavía se encuentra en un estadio incipiente y pendiente entre otras diligencias de un informe definitivo de autopsia «dificultado por el estado del cadáver como resultado de las maniobras ejecutadas sobre el mismo para su ocultación».
El tribunal subraya que «la violencia ejercida sobre el cuerpo» y las operaciones desarrolladas para su propia desaparición, «dispersando y quemando los restos, como para eliminar los vestigios que pudieran encontrarse en la vivienda no son propias de la muerte no violenta que sugiere la defensa», señala en la resolución a la que ha tenido acceso este diario. En este sentido, el tribunal destaca que existe un riesgo de fuga, dadas las altas penas a las que se enfrentan los dos investigados, así como a la posibilidad de continuar en la ocultación de los medios de prueba.
La Audiencia considera que la prisión preventiva acordada por el juez que está investigando los hechos se ajusta a los parámetros que marca la Ley de Enjuiciamiento Criminal. «Consta en la causa la existencia de hechos que pueden suponer la existencia indiciaria de hechos que revisten caracteres de delito». El auto recalca que existen indicios de los delitos de homidicio, profanación de cadáver y estafa y que están castigados con penas que «exceden claramente los límites» establecidos en dicha ley, que se fijan en más de dos años de cárcel.
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El tribunal valora que de la investigación se desprenden indicios de la participación de los investigados en los hechos, derivados «de los hallazgos incriminatorios obtenidos en la entrada y registro del domicilio de la víctima que asimismo ocupaba la recurrente», así como de las averguaciones policiales documentadas en el atestado, como la compra de la radial que se habría utilizado para el desmembramiento y de las extracciones por cajero bancario de la cuenta de la víctima. La sala recuerda que se está a la espera de nuevas pruebas por practicar.
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Source: Informacion
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