Es una práctica comercial a la que se han sumado algunas empresas y que ya lleva tiempo siendo señalada por las asociaciones de consumidores. Se le ha bautizado como reduflación, porque viene a ser un modo de ocultar la inflación de los productos, y consiste en reducir el tamaño de los productos a la venta, pero sin modificar su precio, con lo que, al final, el consumidor acaba pagando lo mismo por menos. Por eso, porque se trata, en definitiva, de un engaño a los compradores y porque incurre en una competencia desleal para los fabricantes de productos similares, el Congreso tiene previsto debatir en el pleno de este martes una proposición no de ley encaminada a regular la cuestión.
La intención es que se pongan en marcha campañas de información para que las personas consumidoras puedan reconocer cuándo se están llevando a cabo estas prácticas de reduflación y sepan cómo pueden protegerse de ellas, explica en el texto de la propuesta la diputada socialista Noelia Cobo, que ha promovido la iniciativa parlamentaria. También se reclama que “las empresas estén obligadas a informar, de forma clara, de cualquier disminución en el tamaño o peso de un producto cuando se mantenga un precio equivalente o superior”. En tercer lugar, se insta al Gobierno a reforzar, dentro de las campañas de vigilancia del mercado, “el control sobre la presentación de los productos que pueda inducir a error sobre la cantidad que contienen sus envases”.
En España, la OCU ya ha denunciado esta práctica en varias ocasiones ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), y ha puesto en marcha una campaña propia de información sobre una estrategia comercial, que considera como una subida de precios encubierta.
También otros países europeos, especialmente aquellos más golpeados por la inflación, han empezado ya a regular la reduflación, espoleados por las denuncias de sus organizaciones de consumidores. En Francia, desde el pasado 1 de julio, existe la obligación específica de que las superficies comerciales de más de 400 metros cuadrados informen a los consumidores, sobre cualquier cambio de cantidad y precio. “En concreto -establece el Gobierno francés-, se debe colocar un cartel cerca del producto cuando su cantidad disminuye y su precio permanece inalterado o aumenta”. Y, a modo de ejemplo, prosigue: “Se deberá indicar la siguiente afirmación: ‘Para este producto, la cantidad vendida aumentó de X a Y y su precio en (la unidad de medida en cuestión) aumentó un …% o … euros'”. La legislación gala prevé sanciones de hasta 5.000 euros para los infractores.
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En Alemania, la ley de envasado ha sido modificada recientemente para impedir prácticas comerciales desleales y asegurar que la información incluida en los envases sea clara y precisa mediante la prohibición de utilizar envases engañosos. El Gobierno alemán ha determinado unos criterios de evaluación para definir qué se entiende por ‘envases engañosos’ y ha establecido, por ejemplo, la proporción máxima de espacio vacío que se permite en un envase y las características que debe tener el diseño del envase.
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Source: Informacion
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